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Apelaciones

Cómo presentar una apelación y qué puede esperar del proceso.

Derecho a Apelar

También tiene derecho a apelar. Esto significa que puede solicitar la revisión de una acción o decisión sobre los servicios que recibe. No perderá sus beneficios si presenta una apelación. Puede presentar una apelación si denegamos o limitamos un tipo de servicio que solicita. Puede apelar si reducimos o dejamos un servicio que aprobamos anteriormente. También puede apelar si no pagamos ninguna parte de un servicio. Hay otras acciones que puede apelar. No perderá sus beneficios si hace esto. Puede expresar una inquietud, presentar un reclamo o una apelación. Es la ley.

Si usted o su representante designado del cliente (DCR) solicita una apelación, revisaremos la decisión. Su proveedor puede presentar una apelación por usted o ayudarlo con su apelación como su DCR. Para que un DCR obtenga sus registros médicos para hacer esto, usted o su tutor legal debe dar un permiso por escrito a su proveedor. No perderá sus beneficios si presenta una apelación.

Servicios

Si recibe servicios que aprobamos anteriormente, es posible que pueda seguir recibiéndolos mientras presenta la apelación. Esto es solo para miembros de Health First Colorado (programa Medicaid de Colorado). No aplica para miembros de CHP+. Puedes hacer esto si:

  • Suyo o su proveedor nos envió su apelación dentro de los plazos requeridos;
  • Un proveedor de Colorado Access le ha pedido que reciba los servicios;
  • El período de tiempo que la aprobación (autorización) de los servicios no ha terminado; y
  • Usted específicamente solicita que los servicios continúen.

Se deben cumplir todos los requisitos anteriores para que pueda seguir recibiendo servicios.

Es posible que tenga que pagar los servicios que reciba durante la apelación si pierde. No tendrá que pagar si gana la apelación. Díganos cuándo solicita una apelación si desea seguir recibiendo sus servicios. Si continúa recibiendo servicios aprobados, continuarán por un tiempo determinado.

Servicios

Los servicios continuarán hasta que:

  • Retira su apelación;
  • Transcurren un total de días 10 después de que le enviemos por correo el aviso original que dice que denegamos su apelación. Si solicita una audiencia estatal imparcial dentro de esos días 10, sus beneficios continuarán. Continuarán hasta que la audiencia termine.
  • La oficina de State Fair Hearing decide que su apelación es denegada.
  • La autorización para los servicios termina.

Algunos ejemplos de decisiones que puede apelar incluyen:

  • Negación de servicios continuos, como terapia física, que usted siente que todavía necesita.

Qué sucede con una apelación:

  • Después de recibir su llamada o carta, recibirá una carta dentro de los dos días hábiles. Esta carta le informará que recibimos su solicitud de apelación.
  • Usted o su DCR pueden informarnos en persona o por escrito por qué cree que deberíamos cambiar nuestra decisión o acción. Usted o su DCR también pueden brindarnos cualquier información que considere que podría ayudar a su apelación. Estos podrían ser registros. Usted o su DCR pueden hacer preguntas. También puede solicitar la información que utilizamos para tomar nuestra decisión. Usted o su DCR pueden consultar nuestros registros médicos que tienen que ver con su apelación.
  • Si apela una decisión o acción sobre un cambio de negación o servicio, un médico revisará sus registros médicos. El médico también revisará otra información. Este médico no será el mismo médico que tomó la primera decisión.
  • Tomaremos una decisión y le notificaremos dentro de los días hábiles de 10 desde el día en que recibamos su solicitud. Le enviaremos una carta que le informa la decisión. La carta también le dirá el motivo de la decisión.
    Si necesitamos más tiempo, le enviaremos una carta para informarle. O bien, usted o su DCR pueden solicitar más tiempo. Solo podemos extender el tiempo hasta 14 días calendario.

Cómo solicitar una apelación (otra revisión) de una decisión o acción:

Si la apelación se trata de una nueva solicitud de servicios, usted o su DCR deben solicitar una apelación dentro de los días calendario de 60 a partir de la fecha en la carta que indique qué medidas hemos tomado o planeamos tomar.

  • Si apela una acción para reducir, cambiar o detener un servicio autorizado, debe presentar su apelación a tiempo. A tiempo significa en o antes de lo siguiente de lo siguiente:
    • Dentro de los días de 10 a partir de la fecha de envío de la carta de Aviso de acción.
    • La fecha en que comenzará la acción.
  • Usted o su DCR pueden llamar a nuestro equipo de apelaciones para iniciar su apelación. Dígales que quiere apelar la decisión o acción. Si llama para iniciar su apelación, usted o su DCR deben enviarnos una carta después de la llamada telefónica, a menos que soliciten una resolución acelerada. La carta debe estar firmada por usted o su DCR. Podemos ayudarlo con la carta, si necesita ayuda.

La carta debe enviarse a:
Acceso a Colorado
Departamento de apelaciones
PO Box 17950
Denver, CO 80217-0950

• Usted o su DCR pueden solicitar una "prisa" o apelación acelerada si se encuentra en el hospital, o considera que esperar una apelación regular podría poner en peligro su vida o su salud. La sección llamada "Apelaciones aceleradas (" urgentes ") le brinda más información sobre este tipo de apelación.
• Si está recibiendo servicios que ya hemos aprobado, puede continuar recibiendo esos servicios mientras apela. Es posible que deba pagar los servicios que reciba durante la apelación si pierde. No tendrá que pagar si gana la apelación. Si desea seguir recibiendo sus servicios, infórmenos cuando solicite una apelación.

Apelaciones expeditas ("Rush")

Si cree que esperar una apelación podría afectar seriamente su vida o su salud, es posible que necesite una decisión rápida de nuestra parte. Usted o su DCR pueden solicitar una apelación acelerada acelerada.

Para una apelación urgente, se tomaría una decisión dentro de las horas de 72, en lugar de los días hábiles de 10 para una apelación regular. Tomaremos nuestra decisión sobre una apelación acelerada dentro de las horas 72. Esto significa que usted o su DCR tienen un corto período de tiempo para revisar nuestros registros y un breve período de tiempo para proporcionarnos información. Puede darnos información en persona o por escrito. Durante este tiempo, sus servicios permanecerán igual.

Si rechazamos su solicitud de apelación urgente, lo llamaremos tan pronto como podamos para informarle. También le enviaremos una carta dentro de los dos días hábiles. Luego revisaremos su apelación de la manera habitual. Recibirá una carta que le informa la decisión de la apelación. También le dirá la razón.

Cómo solicitar una audiencia estatal imparcial

  • Una audiencia imparcial estatal significa que un juez de derecho administrativo estatal (ALJ) revisará nuestra decisión o acción. Puede solicitar una audiencia imparcial estatal:
    • Después de que hayamos recibido una decisión de nuestra parte con la que no está de acuerdo,
    • Si no está satisfecho con nuestra decisión sobre su apelación. Una solicitud para una audiencia estatal imparcial debe ser por escrito:
  • Si su solicitud es sobre un tratamiento que no hemos aprobado antes, usted o su DCR deben realizar la solicitud dentro de los días calendario de 120 a partir de la fecha en la carta que le informa la medida que hemos tomado o que planeamos tomar.
  • Si su solicitud es sobre un tratamiento que hemos aprobado anteriormente, usted o su DCR deben realizar la solicitud dentro de los días calendario 10 a partir de la fecha en la carta que le informa la medida que hemos tomado, o planeamos tomar, o antes de la fecha de vigencia de la terminación o cambio de servicio se lleva a cabo, lo que sea posterior.

Si usted o su DCR desean solicitar una audiencia estatal imparcial, usted o su DCR pueden llamar o escribir a:

Oficina de Tribunales Administrativos
633 Seventeenth Street - Suite 1300
Denver, CO 80202

Teléfono: 303-866-2000 Fax: 303-866-5909

Cómo solicitar una audiencia estatal imparcial

La Oficina de Tribunales Administrativos le enviará una carta que le informará sobre el proceso y establecerá una fecha para su audiencia.

Puede hablar por sí mismo en una Audiencia Estatal Justa o puede hablar con DCR por usted. Un DCR puede ser un abogado o un familiar. También puede ser un defensor u otra persona. El juez de derecho administrativo revisará nuestra decisión o acción. Entonces tomarán una decisión. La decisión del juez es final.

Si desea presentar una apelación, primero debe presentarla en Colorado Access. Si no está conforme con nuestra decisión, puede solicitar una audiencia formal. Esta audiencia se llevará a cabo con un juez de derecho administrativo (ALJ). La información de contacto de ALJ se encuentra arriba. Debe hacer su solicitud de una audiencia de ALJ por escrito. También debe firmar su solicitud.

Si está recibiendo servicios que ya hemos aprobado, puede continuar esos servicios mientras espera la decisión del juez. Pero si pierde en la audiencia estatal imparcial, es posible que tenga que pagar los servicios que reciba durante su apelación. No tendrá que pagar si gana.

Si desea ayuda con cualquier parte del proceso de apelación, contáctenos. Podemos ayudarlo con cualquier pregunta que tenga. También podemos ayudarlo a presentar una apelación.