Hemos visto un aumento en la denegación de reclamos como resultado del uso incorrecto de modificadores aplicables con ciertos códigos de servicio. Como resultado, queremos recordarle que todos los servicios facturados deben tener un modificador aplicable. Tenga en cuenta que muchos servicios pueden tener más de un modificador aplicable, y todos deben estar incluidos para que se pague el reclamo.
Tenga en cuenta que todos los modificadores y requisitos se enumeran en el manual de codificación que se puede encontrar en el sitio web del Departamento de políticas y financiación de la atención médica (HCPF).
Si envía sus reclamos a través de una cámara de compensación, comuníquese con su cámara de compensación para preguntar qué campos de su software ingresan los modificadores que interactuarán con la "Caja 24D" del formulario CMS1500 que recibiremos.
Servicios para el trastorno de uso de sustancias: Cualquier servicio de trastorno por uso de sustancias debe indicarse con el modificador de HF, que SÓLO puede estar en la segunda posición de modificador. Debe haber otro modificador aplicable colocado en la primera posición.
Efectivo inmediatamente: Se rechazarán las reclamaciones con HF facturadas en la primera posición. Las reclamaciones con HF en la segunda posición y en blanco en la primera posición también serán denegadas.
A partir de enero 1, 2018: Todos los demás servicios deben tener un modificador aplicable en la primera posición. Si esto está en blanco, las reclamaciones serán denegadas a partir de enero 1, 2018. Consulte las páginas de códigos individuales para conocer los modificadores relacionados con el código facturado.
Envíe un correo electrónico a su representante de servicios de red de proveedores asignado con preguntas sobre este requisito. Por favor contactar ProviderNetworkServices@coaccess.com si no conoce a su representante de servicios de red de proveedores actualmente asignado.